¿Cuándo tienen que pagar cuota de usuario los pensionistas?

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¿Cuándo tienen que pagar cuota de usuario los pensionistas?
¿Cuándo tienen que pagar cuota de usuario los pensionistas?
Anonim

"Estoy interesado en algunas preguntas relacionadas con la tarifa de usuario y espero recibir respuestas específicas de usted

Aclare, en primer lugar, si se paga una tarifa de usuario cuando no hubo un examen por parte del médico personal, pero emitió una derivación a otro médico, por ejemplo, un cardiólogo, cirujano, oftalmólogo, para trabajo de diagnóstico médico o para una cita en el hospital? ¿Hay una tarifa de usuario separada para cada destino?"

Yanko Georgiev, Sofía

Según el Art. 37 de la Ley del Seguro de Salud, por cada visita al médico, al odontólogo o al establecimiento médico, el asegurado de salud paga una cantidad determinada por Decreto del Consejo de Ministros, por la cantidad de BGN 2.90

Se indica que se fijan montos menores para personas que hayan adquirido derecho a pensión por seguro a largo plazo y edad - en la cantidad de 1 BGN. Una determinada categoría de personas, así como los pacientes con enfermedades especificadas en una lista del Acuerdo Marco Nacional de Actividades Médicas 2020-2022, están exentos del pago de estos montos.

Por las cantidades pagadas, el médico, dentista o centro médico emite un documento financiero. El control sobre la emisión de un documento financiero (recibo/nota fiscal) lo realizan los órganos de control de la Agencia Nacional de Ingresos.

Para pagar una tarifa de usuario cuando visita al médico, debe realizar un examen. Si lo considera necesario, le dará una referencia para consulta con un especialista, para hospitalización o para un examen médico-diagnóstico. Por esta asistencia médica proporcionada, de acuerdo con la Ley de Seguro de Salud, el asegurado de salud deberá pagar al médico la cantidad especificada anteriormente.

Si se le ha emitido una "Dirección de actividad médico-diagnóstica" (Bldg. MH-NHOC 4), debe pagar el llamado precio "material biológico" en un laboratorio que ha firmado un contrato con el NHS.

Para las actividades médico-diagnósticas en el laboratorio, el contratista correspondiente puede fijar un precio de "material biológico", siendo el monto pagado por el seguro de salud. En caso de que el paciente pague el precio del "material biológico", la institución médica no puede exigirle por exámenes en el mismo laboratorio una tarifa de acuerdo con el artículo 37, párrafo 1 de la Ley de Seguro de Salud, el llamado tarifa de usuario.

En los establecimientos médicos que realizan actividades médico-diagnósticas, por las cuales no se paga precio de "material biológico", el asegurado de salud paga la tarifa de acuerdo con el Art. 37 de la Ley de Seguro de Salud (es decir, tarifa de usuario).

La tarifa del laboratorio es una, independientemente del número de pruebas. Solo las personas sin ingresos, alojadas en hogares de niños y adolescentes, hogares de niños en edad preescolar y hogares de atención social, están exentas del pago del precio del "material biológico".

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